Cuál es la situación en que se desenvuelve el mercado de obligaciones negociables de empresas Pymes encuadradas dentro del decreto N° 1087/93 y sus normas correlativas. Como se sabe, el monto máximo en circulación de las mismas no debe exceder los $5.000.000 y ser colocadas y negociadas en el ámbito de las Bolsas de Comercio con Mercados de Valores adheridos o de otros mercados autorregulados, autorizados por la Comisión Nacional de Valores.
